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Plan Renove Ventanas 2020. Vuelve el plan Renove de ventanas de la Comunidad de Madrid. Ventanas Roma, como el año anterior, está adscrito a este plan como fabricante e instalador. Este plan de ayudas está disponible a aquellos clientes que lo soliciten. Para optar a ella, se deben cumplir varios requisitos. En este articulo indicamos las normas.

La Comunidad de Madrid incentiva y promueve la mejora del aislamiento térmico en viviendas que se realice la reforma consistente en la sustitución de ventanas y/o puertas ventanas y el pago correspondiente en las condiciones y en los plazos fijados por el plan Renove de ventanas del 2020. Las ventanas con dobles acristalamientos de aislamiento térmico reforzado permiten reducir las pérdidas de calefacción y aire acondicionado y mejorar el confort térmico de los edificios.

Requisitos Plan Renove Ventanas 2020

Los requisitos que deben cumplir la sustitución de ventanas en su conjunto (marco y acristalamiento con posibilidad de incorporar capialzado) para poder recibir el descuento del plan Renove son los siguientes:

Las ventanas que se instalen deben ser nuevas, lo que se acreditará mediante la factura correspondiente, y tener como destino viviendas o edificios del sector terciario de la Comunidad de Madrid.

Que la superficie mínima de vidrio sustituido acumulada de la actuación vinculada a la solicitud de ayuda será de al menos 2 m2.

Características técnicas para

  • Los marcos y hojas deberán ser de PVC, madera, metálicos o mixtos.
  • En el caso de los marcos y hojas de PVC, tendrán clasificación para clima severo en España.
  • El marco de los perfiles utilizados en la fabricación de las ventanas, debe tener una transmitancia térmica (U) menor a 2,3 W/m2 K y el modelo de acristalamiento o unidad de vidrio aislante debe poseer un valor de U menor o igual a 1,3 W/m2 K, estando formado por al menos un vidrio bajo emisivo con gas argón.
  • Las nuevas ventanas y/o puertas-ventana tendrán una permeabilidad al aire Clase 4.
  • En el caso de sustitución de ventana con capialzado (persiana), que el cajón de persiana tenga permeabilidad al aire clase 4 e incorpore aislante térmico, de forma que el cajón tenga una transmitancia (U) menor o igual a 1,5 W/m2 K.
  • Todas las ventanas tendrán el herraje perimetral, y en las de dos hojas movibles deberá incluirse palanca de rebajo en la hoja pasiva.
  • En el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente térmico.
  • Tanto el perfil, como el modelo de acristalamiento o unidad de vidrio aislante, el herraje, el cajón de persiana y el sistema de instalación deberán estar incluidos en la base de datos de la web habilitada a tal efecto.
  • El montaje de la carpintería se realizará con alguno de los dos sistemas siguientes:

 

 

    1. Con anclajes y bandas o cintas expansivas clase BG1 y BGR: estanqueidad al agua mayor o igual a 600 Pa según la DIN 18542, con un ancho de banda igual al espesor de la ventana menos unos 6 mm, así como los elementos de sujeción que garanticen la seguridad de la misma.
    1. Mediante el sistema de triple barrera. El sistema debe contar con dos membranas y una espuma de poliuretano flexible o cinta expansiva entre ambas barreras. La lámina de estanquidad que se coloca en el exterior de la ventana deberá ser hermética al viento y a la lluvia y permeable al vapor. Esta capa de sellado debe ser más densa que el sellado externo para que la humedad de mampostería se expulse a través del sellado externo. La barrera de vapor o lámina de estanqueidad que sella el interior de la ventana deberá ser impermeable al vapor y hermética al aire y agua. Deberá presentar una resistencia al fuego clase B2. Las espumas de PU como aislamiento térmico y acústico utilizadas deben por lo menos igualar o mejorar los valores de transmitancia térmica y atenuación acústica de la ventana. Debe ser de expansión controlada, idealmente sin expansión posterior, para evitar torsiones sobre el cerco y deformaciones de los materiales. La elección de ambas láminas de estanquidad, tanto la interior como la exterior, será como mínimo de 20 mm sobre la carpintería, 20 mm sobre la junta (entre 5 y 10 mm de junta) y 30 mm sobre la obra.

 

En ningún caso se podrá acoger al Plan Renove de Ventanas la compra sin instalación

Dicha instalación se acreditará mediante la correspondiente factura emitida por la Empresa Instaladora Adherida al Plan Renove de Ventanas que realice la sustitución.

No se considerará actuación susceptible de ayuda:

  • Las ventanas ubicadas en paramentos no verticales.
  • Los cerramientos acristalados que se coloquen con la finalidad de cerrar terrazas, balcones o galerías.

Se considerará actuación susceptible de ayuda la sustitución de elementos que ya cerrasen terrazas o balcones.

 

¿Qué se subvenciona con el Plan Renove Ventanas 2020?

Las ayudas objeto del Plan Renove de Ventanas de la Comunidad de Madrid se destinarán a la sustitución de ventanas antiguas por otras de mayor eficiencia energética en viviendas o edificios del sector terciario ubicados en la Comunidad de Madrid.

 

¿Quiénes pueden acogerse a las ayudas?

 Podrán acogerse a las ayudas reguladas en esta convocatoria relativa al Plan Renove de Ventanas, y obtener la condición de beneficiarios de las mismas, las personas físicas o jurídicas titulares o arrendatarios de los inmuebles de la Comunidad de Madrid en los que se realice la reforma, que:

  1. Cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y sus respectivas bases reguladoras.
  2. Realicen la reforma y el pago correspondiente en los plazos establecidos en la presente convocatoria y sus respectivas bases reguladoras.
  3. Soliciten la concesión de la ayuda.
  4. Rellenen correctamente, con este objeto, el Boletín de Solicitud de Ayuda del Plan de Ventanas de la Comunidad de Madrid, según Formulario 1.
  5. Hayan aportado en los plazos establecidos en la presente convocatoria y sus respectivas bases reguladoras la documentación indicada en las mismas.
  6. Y que, además (y en último término), sean quienes realicen la inversión necesaria para la ejecución de la instalación, con independencia de que la misma sea objeto de cualquier tipo de financiación expresa o tácita. Se entenderá que existe financiación de la instalación cuando la inversión sea inicialmente ejecutada por una entidad distinta al titular o arrendatario del inmueble en el que se ubique la reforma, pero la misma sea recuperada por aquella en un determinado período de tiempo mediante el cobro a este de las cantidades correspondientes al capital invertido.

No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

¿Cuáles son las cuantías de las ayudas?

La cuantía del incentivo que podrán percibir los titulares o arrendatarios de las viviendas que realicen la sustitución de ventanas cumpliendo los requisitos establecidos en las presentes bases reguladoras ascenderá a 110 euros por cada m2 del vidrio instalado que se hayan acogido al Plan Renove de Ventanas, con el límite del 25 por 100 del coste elegible, en cuyo caso la cuantía del incentivo será el 25 por 100 del coste elegible. La superficie mínima de vidrio sustituido acumulada de la actuación vinculada a la solicitud de ayuda será de al menos 2 m2.

 

¿Cuál es el periodo de realización de la inversión subvencionable?

Las ayudas objeto del Plan Renove de Ventanas de la Comunidad de Madrid se destinarán a la sustitución de ventanas antiguas por otras de mayor eficiencia energética (como las ventanas de PVC) en viviendas o edificios del sector terciario ubicados en la Comunidad de Madrid, cuya fecha de presupuesto, factura/s y justificante/s de pago estén comprendidos entre el 1 de abril de 2019 y el 31 de diciembre de 2019, o en su caso hasta que finalice el periodo de prórroga. En caso de que este plazo sea prorrogado se hará público a través de la página web de la Fundación de la Energía y de acuerdo con la normativa vigente.

 

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 23 octubre 2020 y hasta el 31 diciembre 2021, o en su caso hasta que finalice el período de prórroga del Plan Renove de Ventanas 2020 de la Comunidad de Madrid, siempre que exista crédito disponible.

 

¿Quién tramita esas solicitudes Plan Renove Ventanas 2020?

Las solicitudes se tramitan por parte de las empresas instaladoras adheridas al Plan Renove.

En Ventanas Roma, la felicidad de nuestros clientes es nuestra finalidad. Por eso, solo trabajamos con empresas líder del sector que garantizan su satisfacción. Para más información contacta con nosotros.

 

 

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